Aconsejo su lectura
El diario El Mundo se hace eco de las palabras de un pajarraco llamado miquel roca. Hoy representa a "la cri-cri" pero durante lustros ha pertenecido a todas "las bandas" que han saqueado Cataluña y una buena parte de España
Esto es lo que dice el tal roca: acusa de 'corruptela' al juez Castro en el proceso a la Infanta
El escrito considera que el juez comete «una 'corruptela' de la interpretación del ordenamiento jurídico» ya que aprovecha «dada la imposibilidad de recurrirlo, el auto de apertura de juicio oral para introducir en él los extremos relativos a fianzas pecuniarias, y de esta manera vedar la posibilidad de recurso, constituye una interpretación contraria a la tutela judicial efectiva, al derecho de defensa (al vulnerarse los principios de audiencia y contradicción) y a la propia coherencia sistemática del ordenamiento jurídico procesal».
Por eso, los letrados creen que Castro hace un «fraude de ley» cuando «establece la irrecurrabilidad» de su auto bajo el amparo de la LECrim pese a establecer medidas que son susceptibles de apelar ya que afirman que siempre «se pueden recurrir las cuantías de las fianzas».
Ante este argumento, los abogados de la infanta han pedido a la Audiencia de Baleares que se pronuncie, aunque antes el juez Castro debe decidir si admite el recurso a trámite. Fuentes judiciales señalaron a este diario que el magistrado podría hacer pública su decisión la semana próxima pese a que en caso de rechazar la petición de doña Cristina, sus abogados se reservan nuevas acciones judiciales para evitar que se siente en el banquillo.
Precisamente, los letrados establecen que la única intención de Castro con su decisión es «la imposición de la perniciosa -en terminología reiteradamente utilizada por la Jurisprudencia- 'pena de banquillo' que conlleva en todo caso al Auto de apertura del juicio oral contra cualquier persona, pero que afecta de modo muy desigual a los acusados y que en el caso de mi defendida como es público y notorio, probablemente tiene unos efectos, inigualables en el ámbito nacional».
herrero de miñon y roca - mafiosos en estado puro
El escrito también lamenta que el juez sigue «artículos periodísticos y votos particulares» para realizar «una creación libre del Derecho (eso sí, bien blindada al incluirla en el texto de un auto irrecurrible) que contradice directamente Io señalado por el Pleno del Tribunal Supremo a propósito del delito contra la Hacienda Pública». En este sentido, indica que Castro no aplica bien la llamada 'Doctrina Atutxa' sobre este tipo de delitos fiscales para justificar la acusación popular de Manos Limpias. «El Instructor y sus fuentes periodísticas muestran no conocer muy bien el estado de la cuestión acerca del bien jurídico protegido en el delito contra la Hacienda Pública», señalan los abogados de la infanta que recuerdan que el 'caso Atutxa' se abrió por un delito de desobediencia a la autoridad judicial.
Además, los abogados destacan que Castro «nos muestra Io versado que está en publicidad institucional (cuyo valor normativo para un juez es, como se imaginará, igual a cero)» ya que apela a «ciertos anuncios institucionales destinados a aumentar la conciencia fiscal de los ciudadanos españoles» para efectuar «la expresión de Hacienda somos todos». Consideran que el juez comete un error al deducir que «el bien jurídico protegido en el delito contra la Hacienda Pública es colectivo» y de esta forma justificar la acusación de Manos Limpias contra la infanta como cooperadora necesaria en dos delitos fiscales.
Por eso, los letrados se reafirman en qué Manos Limpias no puede acusar por un delito contra la Hacienda Pública cuando la Fiscalía ni la acusación particular lo hace y exponen unos amplios precedentes en este sentido con resoluciones del Tribunal Supremo y de tres audiencias provinciales. Incluso destacan un auto de la Audiencia de Baleares en este mismo procedimiento del caso Nóos en el que el tribunal indicaba que «tal vez la acusación popular no podría sostener en solitario la acción por delitos contra la Hacienda Pública al ser la Agencia Tributaria la perjudicada». En este sentido, los abogados establecen que la Abogacía del Estado es la capacitada para representar los intereses particulares en este tipo de delitos fiscales, ya que las principales afectadas son las arcas públicas.
El escrito considera que Castro «yerra» al «sostener sobre la base de determinados artículos periodísticos publicados recientemente» que no se puede aplicar la 'Doctrina Botín' del Tribunal Supremo en este caso.
El recurso también lamenta que el juez acuerde una fianza de 2.697.150 euros para la infanta. Los abogados destacan que es «absolutamente injustificada» por que la jurisprudencia establece que esta medida cautelar se impone por la posible responsabilidad civil de los condenados y no «para garantizar penas de multa» como afirma Castro en su auto.
Además, indican que la cantidad es «desproporcionada» y «inmotivada» y consideran que el Instructor no ha tenido en cuenta varios elementos que rebajarían esta suma, como que la acusación contra Cristina es como «cooperadora necesaria» del delito o que ha abonado los 600.000 euros pedidos por la Fiscalía por lo que se debería de aplicar la atenuante de reparación del daño. Pese a esto, los letrados creen que no se debería pedir ninguna fianza a la infanta ya que está procesada por la petición de una acusación, Manos Limpias, que no está legitimada para hacerlo. ja ja ja
Solo en España los "pajaros" disparan a las escopetas. Malditos sean
"La casta" sucia y mafiosa guarda silencio. Los del IBEX35 mas, pujol y roca. HdP
Angel Velazquez
esmarconi@hotmail.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario